¿Por qué el JNE declaró inviables las elecciones complementarias?
11 de mayo 2026
Te explicamos
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), luego de analizar y deliberar las solicitudes de nulidad presentadas por algunos sectores políticos, acordó por unanimidad, el pasado 23 de abril, no convocar a elecciones complementarias tras la jornada electoral realizada el 12 y 13 de abril.
La decisión se sustentó en criterios jurídicos, constitucionales y operativos relacionados con el desarrollo de las Elecciones Generales 2026. Estas son las principales razones:
Las elecciones complementarias no existen para Elecciones Generales
Uno de los principales argumentos es que las “elecciones complementarias” no están previstas en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) para Elecciones Generales. Estas solo se aplican para elecciones municipales, conforme a la Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales, y puede aplicarse únicamente en supuestos específicos, como nulidad de elecciones o graves irregularidades que alteren resultados.
Por ello, aplicar esa figura a una elección presidencial, parlamentaria y andina significaba extender una norma más allá de lo que permite la ley, señala el acuerdo. El Pleno sostuvo que hacerlo vulneraría principios como la legalidad, la seguridad jurídica y la reserva de ley.
El proceso electoral no puede retroceder
El documento también recuerda que las etapas del proceso electoral son “preclusivas”. Es decir, una vez culminada una etapa, no puede retrocederse a una anterior. Cuando se debatió la posibilidad de elecciones complementarias, el conteo de votos ya estaba ampliamente avanzado y los Jurados Electorales Especiales (JEE) venían resolviendo actas observadas para la proclamación de resultados.
En ese contexto, realizar una nueva jornada electoral “podría incidir en la formación de la voluntad electoral”, ya que existía un avance de los resultados conocidos públicamente. El JNE advirtió que esto generaría condiciones desiguales entre quienes votaron el 12 y 13 de abril y quienes lo harían posteriormente.
¿Por qué sí se amplió la votación el 12 y 13 de abril?
El Pleno del JNE explicó que las medidas adoptadas el 12 y 13 de abril no equivalen a convocar elecciones complementarias.
Durante el día de la votación se registraron retrasos en la entrega del material electoral en diversos distritos de Lima Metropolitana. Ante ello, el Pleno del JNE aprobó medidas extraordinarias para evitar que miles de personas quedaran impedidas de votar.
Primero, se amplió el horario de instalación de mesas hasta las 2:00 p. m. y el horario de votación hasta las 6:00 p. m. Luego, para las mesas que no pudieron instalarse el 12 de abril, se permitió una extensión excepcional hasta el 13 de abril.
Para el JNE, estas decisiones se tomaron mientras la jornada electoral se encontraba en curso y tenían como finalidad restablecer condiciones mínimas para garantizar el derecho al sufragio. Además, se consideró que existía una justificación válida para no declarar la nulidad de las mesas instaladas después del mediodía, conforme al Art. 363 de la LOE.
La decisión no fue por falta de tiempo
El acuerdo señala que el problema no era únicamente organizativo o de plazos, sino principalmente jurídico. El Pleno del JNE advirtió que incorporar elecciones complementarias habría alterado el cronograma electoral, considerado intangible por el Tribunal Constitucional.
Por otro lado, una nueva jornada electoral podría afectar hitos clave del proceso, como la segunda vuelta presidencial, la proclamación de resultados y la transferencia de mando.
El Tribunal Supremo Electoral también sostuvo que modificar las reglas en pleno proceso generaría incertidumbre jurídica y afectaría la estabilidad democrática y la igualdad entre actores políticos.
Se logró instalar la totalidad de mesas afectadas
Uno de los puntos que más debate generó fue la cifra de 1 071 111 electores afectados por los retrasos en la instalación de mesas de sufragio. Ese número correspondía a 256 locales de votación de 19 distritos de Lima Metropolitana, donde hubo demoras en la llegada del material electoral, de acuerdo a información de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (DNFPE) del JNE.
Sin embargo, ello no significa que más de un millón de personas se hayan quedado sin votar. De los 256 locales afectados por el retraso del material electoral, solo las mesas de sufragio de 13 no lograron instalarse y lo hicieron al día siguiente, gracias a las medidas adoptadas por el JNE. De esta manera se garantizó el derecho al voto de los electores afectados.