Es falso que el JNE permita la proliferación de partidos políticos

9 de febrero 2026

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Te explicamos

La postulación de 38 organizaciones electorales en las Elecciones Generales 2026 viene generando cuestionamientos al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por, supuestamente, “permitir la proliferación de partidos". Sin embargo, esa situación se debe a que la norma electoral no prevee un número máximo de participantes y, por lo tanto, todos los partidos que cumplan los requisitos exigidos pueden postular.

Conformacion del parlamento

En ese sentido, la participación de las organizaciones políticas está condicionada al cumplimiento de dos requerimientos principales: tener la inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) y realizar los hitos marcados en el cronograma electoral. Para inscribirse en el ROP, la organización debe presentar el acta de fundación, las actas de constitución, el estatuto, la designación de representantes legales, entre otros requisitos que establezca el artículo 5 de la Ley de Organizaciones Políticas al momento de presentar la solicitud.

Ahora, el requisito que ha variado en los últimos años es la cantidad de firmas y DNI, cuya recolección dura dos años como máximo. Así, en 2016, se debían presentar más de 700 000 firmas de adherentes (simpatizantes sin vínculos con el partido) a nivel nacional (Ver Gráfico 1). En 2019, se modificaron los requisitos. En vez de simpatizantes, la norma exigió afiliados; es decir, ciudadanos que tuvieran derechos y deberes con el partido. La cantidad de firmas debía ser equivalente al 0,1% del padrón electoral. En esa línea, se requirieron 24 800 firmas de afiliados para el 2020 y más de 25 000 firmas para el 2023. En 2024, se añadió el requisito de adherentes. En esa ocasión, el JNE calculó que eso equivalía a más de 500 000 firmas de simpatizantes.

Cantidad de firmas

Gráfico 1

Actualmente, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) lista 55 organizaciones inscritas, 52 que no lograron inscribirse, 50 canceladas y 9 en proceso de inscripción. De los 35 partidos políticos que participan en estas elecciones 2026, nueve ya habían logrado su inscripción antes de la modificación en 2019 (Ver Gráfico 2). Entre septiembre de 2019 y 2023, 14 partidos de los que hoy participan lograron su inscripción. Las tres alianzas alcanzaron la inscripción el año pasado. Cabe precisar que pueden transcurrir dos años entre la solicitud y la inscripción en el ROP.

Cantidad de inscripciones

Gráfico 2

En la norma electoral no existe un número máximo de partidos políticos permitido por ley. Esto significa que pueden existir tantas organizaciones políticas como logren cumplir los requisitos legales correspondientes. Por ello, el alto número de partidos no responde a una permisividad del JNE, sino a un marco legal que prioriza la libertad de organización política, dentro del respeto a las normas vigentes.